Masculino | Femenino | Neutro | ||
Nominativo | ||||
Acusativo | ||||
Genitivo | ||||
Dativo | ||||
Ablativo | ||||
Nominativo | ||||
Acusativo | ||||
Genitivo | ||||
Dativo | ||||
Ablativo |
2º ─Llámase antecedente la palabra reproducida por el relativo
3º ─Regla fundamental: El relativo se pone en el mismo género y en el mismo número en que está el antecedente; pero en cuanto al caso no depende del antecedente, sino del verbo de la frase relativa o de la preposición que acompaña al relativo.
4º ─Cuando el relativo se usa para interrogar, hace quis en el nominativo singular masculino; y en el neutro (nominativo y acusativo) toma las dos formas quod y quid.
Quod se usa cuando va acompañado de un sustantivo neutro: quod crimen commísit (=qué crimen ha cometido).
Quid se usa solo: quid fecísti (=qué hiciste?)
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